Ya conocemos cómo clasificar las mercancías peligrosas, pero ¿dónde las metemos para transportarlas?
De eso vamos a estar hablando en esta serie de post que comienza hoy.
Tipos de envases
Para el transporte de mercancías peligrosas en pequeñas cantidades, se utilizan distintos tipos de envases de acuerdo a las características de cada mercancía.
Bidón
Es un envase/embalaje cilíndrico con fondo plano o combado, de metal, cartón, material plástico, contrachapado u otro material apropiado. Esta definición engloba a los envases/embalajes que tengan otras formas, por ejemplo, los embalajes/embalajes redondos con caperuza cónica o los que tienen forma de balde.
Los «toneles de madera» y los «cuñetes» («jerricanes”) no están incluidos en esta definición.
OJO: El ADR hace distinción entre los bidones denominados “Jerry can” a los que clasifica dentro de los cuñetes y se refiere a los bidones en este caso a los tanques cilíndricos, ya sea de metal o de plástico que conocemos de toda la vida.
Cuñete
Envase/embalaje de metal o de material plástico, de sección rectangular o poligonal, provista de uno o varios orificios.
OJO: A este sí el ADR lo llama jerricanes, aunque normalmente solemos asociarlo con bidón, por ejemplo el bidón de gasolina; pero recordemos que «a efectos del ADR» y «a efectos del examen» debemos meternos esta definición en la cabeza.
Caja
Envase/embalaje de lados compactos rectangulares o poligonales, de metal, madera, contrachapado, aglomerado de madera, cartón, plástico u otro material apropiado.
Se podrán realizar pequeños orificios para facilitar la manipulación o la apertura, o para responder a los criterios de clasificación, con la condición de que no se comprometa la integridad del embalaje durante el transporte.
Envase metálico ligero
Envase de sección circular, elíptica, rectangular o poligonal (así como cónica), y envases de tapa cónica o recipientes en forma de balde, de metal (por ejemplo, de hojalata), y que tiene un espesor de paredes inferior a 0,5 mm, con el fondo plano o abombado, provisto de uno o varios orificios, y que no responde a las definiciones que se dan para los bidones y los jerricanes.
Saco
Envase/embalaje flexible de papel, láminas de plástico, textil, material tejido u otro material apropiado.
Tipos de embalaje
Embalaje
Uno o varios recipientes y todos los demás elementos o materiales necesarios para permitir al recipiente cumplir con su función de retención y cualquier otra función de seguridad.
En este caso tenemos que hacer un «aparte» para «Gran embalaje» y «Gran recipiente para mercancías a granel» (GRG (IBC)). Tienen sus características e instrucciones particulares.
Embalaje combinado
La combinación de embalajes destinados al transporte, constituido por uno o varios envases interiores fijados en un embalaje exterior.
NOTA: El término «envase interior» que se utiliza para embalajes combinados no debe confundirse con el término «recipiente interior» que se utiliza para los embalajes compuestos.
Envase interior
Envase que debe estar provisto de un embalaje exterior para el transporte.
Recipiente interior
Recipiente que debe estar provisto de un embalaje exterior para poder desempeñar su función de retención.
OJO: Parecen definiciones iguales, pero no lo son y tienden a confundir en las preguntas del examen tipo test para Consejero de Seguridad.
Embalaje compuesto
Un embalaje que consiste en un embalaje exterior y un recipiente interior constituidos de modo que el recipiente interior y el embalaje exterior forman un embalaje integral. Una vez ensamblado, este conjunto constituye un todo indisociable; se llena, almacena, transporta y vacía como tal.
NOTA: El término «recipiente interior» que se utiliza para los embalajes compuestos no se debe confundir con el término «envase interior» que se utiliza para los embalajes combinados.
Por ejemplo, el elemento interior de un embalaje compuesto 6HA1 (material plástico) es un recipiente interior de ese tipo, ya que normalmente no está diseñado para realizar una función de contención sin su embalaje exterior y no es, por tanto, un envase interior.
Cuando se menciona un material entre paréntesis tras el término «embalaje compuesto», se refiere al recipiente interior.
Embalaje de socorro
Un embalaje especial en el que se colocan bultos con mercancías peligrosas que hayan sido dañados, que sean defectuosos, que tengan fugas o no conformes, o bien mercancías peligrosas que se hayan desparramado o salido de su embalaje, con objeto de efectuar un transporte para su recuperación o eliminación.
Embalaje exterior
La protección externa de un embalaje compuesto o de un embalaje combinado, con los materiales absorbentes, materiales de relleno y cualquier otro elemento necesario para contener y proteger los recipientes interiores o los envases interiores.
En la sección 4.1 del ADR se brindan las características de los envases y embalajes para todas las clases, aunque brinda especificaciones especiales para las clases 2, 6.2 y 7.
Las disposiciones generales esa sección únicamente serán aplicables al embalaje de mercancías de las clases 2, 6.2 y 7 en las condiciones indicadas en 4.1.1.16 (clase 2), 4.1.8.2 (clase 6.2), 4.1.9.1.5 (clase 7) y en las instrucciones de embalaje pertinentes del 4.1.4 (instrucciones de embalaje P201 y LP02 para la clase 2 y P620, P621, P650, IBC620 y LP621 para la clase 6.2).
Características del embalaje
Las mercancías peligrosas deben ser embaladas en envases y embalajes de buena calidad, incluidos los GRG (IBC) o los grandes embalajes. Estos envases/embalajes deberán ser suficientemente sólidos para resistir golpes y los esfuerzos habituales durante el transporte, especialmente durante el trasbordo entre distintos medios de transporte o entre medios de transporte y los almacenes, así como el izado del palet o del sobreembalaje en la manipulación manual o mecánica posterior.
Los envases y embalajes, incluidos los GRG (IBC) y los grandes embalajes, cuando sean preparados para la expedición de la mercancía, deben venir manufacturados y cerrados de modo que excluya cualquier pérdida de contenido que pudiera producirse en condiciones normales del transporte, especialmente debido a vibraciones o variaciones de temperatura o debido a la higrometría o de presión (debido por ejemplo a la altitud).
Los embalajes, incluyendo los GRG (IBC) y los grandes embalajes deben cerrarse conforme a las informaciones suministradas por el fabricante. Durante el transporte, no deberá haber en el exterior de los envases, de los embalajes, de los GRG (IBC) o de los grandes embalajes, ninguna adhesión de restos de materias peligrosas.
Las partes de los envases y embalajes, incluidos los GRG (IBC) o los grandes embalajes, que estén directamente en contacto con las mercancías peligrosas:
a) no deben sufrir alteraciones o debilitaciones notables a causa de ellas;
b) no deben reaccionar peligrosamente con ellas, por ejemplo, actuando como catalizador de una reacción o entrando en reacción con ellas; y
c) no permitirán la filtración de las mercancías peligrosas que puedan constituir un peligro en condiciones normales de transporte.
Si fuese necesario irán provistas de un revestimiento interior, o haber sido sometidas a un tratamiento interior adecuado.
Grado de llenado
En el 4.1.1.4 se habla del grado de llenado que deben tener los envases.
Esto es muy gracioso, porque a mí siempre me llamó la atención que los frascos de champú o los detergentes o lejías, por ejemplo, siempre vinieran sin una pequeña cantidad, no llenos hasta arriba.
Líquidos
Cuando se proceda al llenado de los envases y embalajes, incluidos GRG (IBC) y grandes embalajes, con líquidos, es preciso dejar un margen de llenado suficiente (vacío) para excluir cualquier fuga de su contenido y cualquier deformación permanente del embalaje resultante de la dilatación del líquido por efecto de las variaciones de temperatura que se puedan alcanzar en el curso del transporte. Salvo disposiciones particulares, los envases no deben ser llenados completamente de líquidos a la temperatura de 55 ºC.
* Para las cisternas se tienen en cuenta otros factores que ya te contaré cuando te hable de ellas en otro post.
Embalaje en común
Las mercancías peligrosas no deben ser embaladas en un mismo embalaje exterior o en grandes embalajes, con otras mercancías peligrosas o no, si pudieran reaccionar peligrosamente entre sí provocando:
a) una combustión y/o un fuerte desprendimiento de calor;
b) un desprendimiento de gas inflamable, asfixiante, comburente o tóxico;
c) la formación de materias corrosivas; o
d) la formación de materias inestables.
OJO: Embalaje en común no es lo mismo que carga en común y suele ser pregunta en los supuestos prácticos del examen de Consejero de Seguridad.
Sobre esto y otras cosas más te preparo en el Curso Consejero de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera.
Bultos
Por último, quiero hablarte de los bultos, ya que en el próximo post te estaré contando sobre el marcado y codificación de bultos.
Bultos: Es el producto final de la operación de embalaje preparado para su expedición, constituido por el propio embalaje o el gran embalaje o el GRG (IBC) junto con su contenido.
El término incluye los recipientes para gases, así como los objetos que, por su tamaño, masa o configuración puedan transportarse sin embalaje o ser transportados en cestos, jaulas o en dispositivos que puedan ser manipulados. Excepto para el transporte de materias radiactivas este término no se aplicará a las mercancías transportadas a granel ni a las materias transportadas en cisternas.
Y hasta aquí el post de hoy. ¿Qué te ha parecido? ¿Conocías estos tipos de envases? ¿Y los embalajes?
Deja tus comentarios :)
- ISO 31000:2018 Capítulo 6 (Parte I) - 7 abril, 2022
- El informe anual del Consejero de Seguridad - 3 junio, 2021
- ISO 31000:2018 Capítulo 5 (Parte II) - 2 junio, 2021
Buenos días.
En la empresa dónde trabajo necesitamos enviar muestras de Pigmentos Acuosos y Anilinas en base alcohol a Turquía para ser analizadas en un laboratorio. La pregunta es si siendo una muestra de 100 – 200 ml. en envase súper pequeño, aunque alguno sea ADR por inflamable; Necesitamos embalaje especial? Podemos tener problemas con una cantidad tan pequeña?. Sabemos que tenemos que adjuntar la hoja de seguridad.
Nos han informado que TNT es buena empresa de transporte para éste caso. Si son tan amables, les agradezco mucho su información. Muchas gracias, reciban un cordial saludo
Hola:
Supongo que te refieres a anilina UN 1547 que puede transportarse hasta 100 mL en cantidades limitadas, para hacerlo de esta manera tendrías que cumplir los siguientes requisitos del ADR:
a) Parte 1, capítulos 1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 1.5, 1.6, 1.8, 1.9;
b) Parte 2;
c) Parte 3, capítulos 3.1, 3.2, 3.3 (con excepción de las disposiciones especiales 61, 178,
181, 220, 274, 625, 633 y 650 e));
d) Parte 4, apartados 4.1.1.1, 4.1.1.2, 4.1.1.4 a 4.1.1.8;
e) Parte 5, 5.1.2.1 a) i) y b), 5.1.2.2, 5.1.2.3, 5.2.1.9 y 5.4.2;
f) Parte 6, disposiciones de fabricación del 6.1.4 y apartados 6.2.5.1 y 6.2.6.1 a 6.2.6.3;
g) Parte 7, capitulo 7.1 y 7.2.1, 7.2.2, 7.5.1 (con excepción del 7.5.1.4), 7.5.2.4, 7.5.7, 7.5.8
y 7.5.9;
h) 8.6.3.3 y del 8.6.4.
Las mercancías peligrosas deben estar exclusivamente embaladas en envases interiores
colocados en embalajes exteriores apropiados.
La masa bruta total del bulto no debe superar los
30 kg.
Sobre la otra mercancía me ofreces muy poca información. Si fuese UN 3313 PIGMENTOS ORGÁNICOS QUE EXPERIMENTAN UN CALENTAMIENTO ESPONTÁNEO
no se puede transportar en cantidades limitadas, aunque sí acogiéndote a la exención 1.1.3.6 y podrías transportar 333 L por unidad de transporte (cumpliendo los requisitos para esa exención y esta única materia, si fuese junto con otra habría que calcular las cantidades).
Podrían también analizarse otras exenciones y formas de transporte para ver cuál resultaría más beneficiosa, pero no cuento con los datos necesarios y no me gusta trabajar sobre suposiciones.
Sobre esa compañía que me dices, no la conozco, pero podrían también ayudarte.
Te recuerdo también que tienes el servicio de consultoría desde donde puedo atenderte mejor y analizar tu situación con mayor profundidad. Puedes verlo en el siguiente enlace: https://aprendiendocalidadyadr.com/servicios-mercancias-consultoria/ o desde el menú superior en SERVICIOS.
Un saludo y muchas gracias por leer el blog
Buenas tardes, tengo una duda..
Se puede transportar anticongelante en un bidón metálico de 200litros con tapa móvil y ballesta??
Buenos dias,
existen riesgos de deflagación o derrame al tumbar bidones de 200 litros golpeando estos contra el suelo de cemento / hormigón. ?
así mismo, la deformación del mismo implica perdida de su certificación para contener materiales peligrosos ?
hay alguna norma que lo prohiba ? o algún procedimiento escrito al respect. gracias
Hola buenas tardes Gehisy, ¿Cómo está?
Esta es nuestra consulta: ¿Entiende que es incorrecto utilizar un envase 0A2/Y6/9/17/E/marca/M-1054 para un producto UN1866-3-III el que cargamos 3kg por lata y luego va en una caja ?
Por primera vez una naviera nos está rechazando la carga con este tipo de envase
¿cuál su opinión ?
Gracias por anticipado
Gracias por el post y por el trabajo.
Ha sido muy útil y sencillo de entender.
Gracias.
Ruego me aconseje:
¿existe reglamentación donde nos indique que los jerricanes, para almacenar gasoil para uso interno de una obra, han de tener placa de características técnicas, fecha de fabricación y caducidad, etiqueta del producto que contiene , propietario etc?.
donde podria consultarlo.
Gracias por sus atentas respuestas.
Soy conductor adr basico + cisternas y me gustaria tegistrarme para eventuales consultas
He estsdo vuedtros articulos y redpuedtas y me ha gustado mucho
Nunca te acostaras sin aprender una cosa mas
Saludos
Hola existe alguna regulación en cuanto al grado de alcohol que se pueda transportar en un IBC ??
Buenos días, nos han multado en Portugal, por no llevar debidamente envasada y etiquetada la mercancia que se transporta. Se trata de Carbón Vegetal, en la denuncia que no se entiende bien la letra, vemos algo del ADR 5.2.1
¿Donde nos debemos informar para saber que debemos hacer ?
Muchas gracias