Ahora ya conocemos todas las clases de mercancías peligrosas, pero, ¿cómo clasificar realmente con el ADR en la mano?
Es lo que vamos a conocer hoy.
Principios de la clasificación
2.2.x.1 Criterios de clasificación
Las mercancías peligrosas incluidas en el título en una clase serán definidas en función de sus propiedades, de acuerdo con la subsección 2.2.x.1 de la clase correspondiente.
La asignación de una mercancía peligrosa a una clase y a un grupo de embalaje se realiza de acuerdo con los criterios enunciados en la misma subsección 2.2.x.1.
La asignación de uno o varios riesgos subsidiarios a una materia o a un objeto peligroso se realiza de acuerdo con los criterios de la clase o las clases que correspondan a dichos riesgos, mencionados en la subsección o las subsecciones 2.2.x.1 apropiadas.
Todos los epígrafes de mercancías peligrosas se enumeran en la tabla A del capítulo 3.2 ordenados por número ONU. Esta tabla contiene los datos correspondientes a las mercancías enumeradas: nombre, clase, grupo o grupos de embalaje, etiqueta o etiquetas que deben llevar y disposiciones de embalaje y transporte.
2.2.x.2 Materias no admitidas al transporte
Las mercancías peligrosas enumeradas o definidas en las subsecciones 2.2.x.2 de cada clase no serán admitidas para el transporte.
2.2.x.3 Materias no expresamente mencionadas
Las mercancías no expresamente mencionadas, es decir, aquéllas que no figuran como epígrafe individual en la tabla A del capítulo 3.2 y que no están ni enumeradas ni definidas en una de las subsecciones 2.2.x.2 citadas, deberán asignarse a la clase pertinente según los procedimientos recogidos en la sección 2.1.3. Además, deberán determinarse el riesgo subsidiario, en su caso, y el grupo de embalaje, en su caso.
Una vez establecida su clase, el riesgo subsidiario, en su caso, y el grupo de embalaje, en su caso, se determinará el número ONU pertinente Los diagramas de decisión indicados en las subsecciones 2.2.x.3 (lista de epígrafes colectivos) al final de cada clase indican los parámetros que permiten elegir el epígrafe colectivo apropiado (número ONU).
En cualquier caso, se elegirá, según la jerarquía recogida en 2.1.1.2 por las letras B, C y D, respectivamente, el epígrafe colectivo más específico que cubra las propiedades de la materia o el objeto. Si éstos no pueden clasificarse según los epígrafes de tipo B o C de 2.1.1.2, y sólo en este caso, se clasificarán en un epígrafe de tipo D.
Resumiendo:
2.2.X.1 CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN
2.2.X.2 MATERIAS NO ADMITIDAS AL TRANSPORTE
2.2.X.3 MATERIAS NO ESPECIFICADAS EN OTRA PARTE (n.e.p.)
* X representa la clase de la mercancía peligrosa
Embalaje
A efectos de embalaje, las materias que no son de las clases 1, 2, 5.2, 6.2 ni 7, ni las materias autorreactivas de la clase 4.1, se asignan a grupos de embalaje según el grado de peligro que presentan:
- Grupo de embalaje I: Materias muy peligrosas
- Grupo de embalaje II: Materias medianamente peligrosas
- Grupo de embalaje III: Materias que presentan un grado menor de peligrosidad
El o los grupos de embalaje que afectan a una materia se indican en la Tabla A del capítulo 3.2.
Los objetos no se asignan a los grupos de embalaje. Para fines de embalaje cualquier requisito de un nivel especifico de rendimiento de embalaje queda establecido en la instrucción de embalaje aplicable.
Epígrafes de la tabla A
Cada uno de los epígrafes de las distintas clases se identifica mediante un número ONU. Los epígrafes utilizados son los siguientes:
- Epígrafes individuales para materias y objetos claramente definidos, incluidos los que comprenden varios isómeros; por ejemplo:
Nº ONU 1090 ACETONA
Nº ONU 1104 ACETATOS DE AMILO
Nº ONU 1194 NITRITO DE ETILO EN SOLUCIÓN
2. Epígrafes genéricos para grupos claramente definidos de materias u objetos que no son epígrafes n.e.p.; por ejemplo:
Nº ONU 1133 ADHESIVOS
Nº ONU 1266 PRODUCTOS DE PERFUMERÍA
Nº ONU 2757 PLAGUICIDA A BASE DE CARBAMATO SÓLIDO TÓXICO
Nº ONU 3101 PERÓXIDO ORGÁNICO LÍQUIDO TIPO B
3. Epígrafes n.e.p. que cubren grupos de materias u objetos de naturaleza química o física especial no especificados en otra parte; por ejemplo:
Nº ONU 1477 NITRATOS INORGÁNICOS N.E.P.
Nº ONU 1987 ALCOHOLES N.E.P.
4. Epígrafes n.e.p. generales que cubren grupos de materias u objetos con una o varias propiedades generales peligrosas no especificados en otra parte; por ejemplo:
Nº ONU 1325 SÓLIDO ORGÁNICO INFLAMABLE N.E.P.
Nº ONU 1993 LÍQUIDO INFLAMABLE N.E.P.
* Los epígrafes B, C y D se definen como epígrafes colectivos y se encuentran en el 2.2.x.3.
Metodología
Esta metodología no es exhaustiva, simplemente es una primera aproximación a la clasificación, ya que existen escenarios más complicados de clasificación como las soluciones y mezclas.
- Para encontrar la MMPP a clasificar, se acude inicialmente a la Tabla B que recoge un listado alfabético no oficial ni exhaustivo de materias.
* Está claro que, con un nombre de sustancia, no tengo nada que hacer ni me las sé todas de memoria, por lo que acudo a la tabla B para que me diga el número ONU de esta materia.
2. Luego voy a la Tabla A, que recoge las mercancías peligrosas por número ONU
* A las filas de la tabla A, se les llama entradas, alguna de ellas repiten número de ONU por tener distintas propiedades. Además, existen huecos entre ellas porque pertenecían a mercancías que en su día estuvieron sometidas al ADR. Existen 4 tipos de entradas (filas) recogidos en la subsección 2.1.1.2.
Tabla A
3. En el caso de que haya dos o tres números ONU para una misma sustancia, me fijo en el enunciado a ver si me dan «pistas» para su clasificación por número de embalaje (2.2.x.1).
4. También debo revisar el 2.2.x.2 por si esta materia no fuese admitida al transporte y no andar perdiendo el tiempo.
5. Si la materia no estuviese expresamente mencionada en la tabla B, se deberían seguir las indicaciones del 2.1.3
Esta es a grandes rasgos la metodología a seguir. Vamos a ver cómo se hace a través de un ejemplo:
Ejemplo práctico
Enunciado: CARBURO CÁLCICO, que reacciona vivamente con el agua a la temperatura ambiente desprendiendo de manera general un gas susceptible de inflamarse espontáneamente.
¿Qué hacemos?
- Vamos a la tabla B y buscamos: CARBURO CÁLCICO
En esta tabla solamente encontramos el número ONU y la clase a la que pertenece, pero con eso no hacemos nada, ya que para clasificar una mercancía peligrosa debemos conocer todos los apartados de la tabla A.
Así que seguimos.
2. Vamos a la tabla A y buscamos por número ONU 1402
Pero, ¿cómo? Hay dos números ONU iguales. ¿Cómo sé cuál debo elegir?
La diferencia parece estar en el grupo de embalaje, ¿no?
3. Vamos al 2.2.X.1 para ver cómo se selecciona el grupo de embalaje.
En este caso iríamos al 2.2.43.1 (no se pone punto en el número de clase 43 significa 4.3).
Si leemos el enunciado, nos dice: “reacciona vivamente con el agua a la temperatura ambiente desprendiendo de manera general un gas susceptible de inflamarse espontáneamente”.
Por lo que ya tendríamos clasificada la mercancía:
UN 1402, CARBURO CÁLCICO, 4.3, I, (B/E).
* Esta nomenclatura es la que se utiliza oficialmente para rellenar las cartas de porte. Esto veremos cómo se hace en un post próximo. (NºONU, denominación, etiqueta, grupo de embalaje, categoría de túneles)
Con que te quede claro por ahora que el carburo cálcico del ejercicio pertenece a la clase 4.3, tiene número ONU 1402 y pertenece al grupo de embalaje I, me doy por satisfecha.
¿Y si fuese una mezcla o un residuo?
Lo veremos en otros post ;-)
Hasta aquí el post de hoy. ¿Te atreves a clasificar alguna mercancía peligrosa? ¿Sabías hacerlo ya?
Deja tus comentarios :)
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Excelente Material, muchas gracias por compartir
BUENAS TARDES, una consulta tengo un caso similar al del ejemplo para la clasificación de una mercancía peligrosa: Xantatos (clase 4.2) UN 3342, donde tiene 2 entradas: una para la clase de embalaje II y otra para la clase de embalaje III.
Si voy al criterio de la clase 4.2 me envía al manual de criterios y pruebas de NNUU.
Ahora en nuestro país PERÚ no hay laboratorio ni universidad que quiera realizar el ensayo.
Para complicar el tema, la autoridad competente para la expedición de certificados de los embalajes de productos peligrosos para la IMO en el país es la marina de guerra, y sucede que a veces nos certifica con embalaje II y otras veces con embalaje III.
¿Me podría orientar cuál sería la solución, para mi caso?
Gracias